El Tribunal Fiscal avanza con la creación del expediente electrónico para atención de apelaciones

Se ha publicado un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los «Lineamientos para las actuaciones que realicen las partes del procedimiento contencioso tributario, en instancia de apelación, cuando el expediente ya se ha elevado al Tribunal Fiscal, en cuanto al uso de sistemas electrónicos telemáticos o informáticos». Este proyecto tiene como objetivo regular el uso de tecnologías digitales en dichos procedimientos, garantizando la validez y eficacia jurídica de las actuaciones realizadas de manera electrónica.

Consideraciones Principales:

El artículo 124 del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que las etapas del procedimiento contencioso tributario son:

a) La reclamación ante la Administración Tributaria y

b) La apelación ante el Tribunal Fiscal.


Además, establece que las actuaciones que de acuerdo al citado código y sus normas reglamentarias o complementarias realicen los administrados y terceros ante la Administración Tributaria o el Tribunal Fiscal, podrán efectuarse mediante sistemas electrónicos, telemáticos, informáticos, teniendo la misma validez y eficacia jurídica que las realizadas por medios físicos, en tanto cumplan con lo que se establezca en las normas que se aprueben al respecto; agrega que, tratándose del Tribunal Fiscal, estas mismas se aprobarán mediante resolución ministerial del Sector Economía y Finanzas.

El artículo 112-B del citado TUO que regula la utilización de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos para el llevado o conservación del expediente electrónico, prevé, entre otros, que los documentos electrónicos que se generen en estos procedimientos o actuaciones tendrán la misma validez y eficacia que los documentos en soporte físico y que las representaciones de los documentos electrónicos tendrán validez ante cualquier entidad siempre que para su expedición se utilicen mecanismos que aseguren su identificación como representaciones del original que el Tribunal Fiscal conserva.

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